miércoles, 17 de septiembre de 2014



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Consejo escolar



Información sobre los consejos escolares, me lo ha pasado la directora del instituto
 
En su virtud, conforme al citado artículo 2 de la Orden de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010 y el artículo 13 del Decreto 128/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte,
 RESUELVO:
Primero. Los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares a llevar a cabo en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:
1. La Junta Electoral se constituirá entre los días 24 al 29 de septiembre de 2014 (ambos inclusive).
2. El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido entre los días 7 y 18 de octubre de 2014 (ambos inclusive). Las candidaturas se presentarán en el centro docente correspondiente coincidiendo con el horario escolar.
3. La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidatos y candidatas el 20 de octubre y la lista definitiva el 22 de octubre de 2014.
4. La campaña electoral se llevará a cabo desde el 23 de octubre al 31 de octubre (ambos inclusive).
5. Las papeletas de voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 25 de octubre de 2014.
6. La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:
a) 4 de noviembre elecciones del sector padres, madres y tutores del alumnado.
b) 5 de noviembre elecciones del sector del alumnado.
c) 6 de noviembre elecciones del sector del profesorado, del personal de administración y servicios y, en su caso, del personal de atención educativa complementaria.
7. La proclamación de candidaturas electas deberá realizarse antes del 17 de noviembre de 2014.
8. La constitución del nuevo Consejo Escolar deberá realizarse antes del 28 de noviembre de 2014.
Segundo. En el supuesto de que por razones excepcionales y justificadas la elección de los representantes de los distintos sectores no se pudiera llevar a cabo de acuerdo con el calendario fijado en el apartado anterior, la correspondiente Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte podrá autorizar, por escrito, el cambio de fecha de dicha elección que, en todo caso, se llevará a cabo en el plazo más breve posible.
Tercero. De conformidad con el artículo 2 de la Orden de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía